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La Comunidad de Madrid concede ayudas directas a explotaciones de cría de ganado de lidia

  • La subvención es de 1.500 euros por hembra reproductora mayor de 18 meses, hasta un máximo de 100.000 euros y del 35% del total de estos animales

La Comunidad de Madrid ha destinado un total de 1.117.701,69 euros a ayudas de concesión directa a 23 titulares de explotaciones ganaderas dedicadas a la cría del ganado de lidia. Se trata de un sector fundamental para la fiesta de los toros, declarada Bien de Interés Cultural en la categoría de Hecho Cultural por la Comunidad de Madrid en 2011.
Las subvenciones tienen como objeto compensar la disminución de ingresos como consecuencia de la cancelación, suspensión o prohibición de los festejos taurinos tras la declaración de emergencia por COVID-19, situación que ha obligado a muchos ganaderos a, incluso, sacrificar animales para reducir su cabaña ganadera al no poder mantenerla.

El periodo de vigencia de los convenios, tal y como ha aprobado el Gobierno regional, es hasta el 30 de junio de 2021.
Estas ayudas directas tienen carácter excepcional y de interés público, económico y social, con el fin de facilitar liquidez a las explotaciones ganaderas beneficiarias y evitar, así, la desaparición de este subsector ganadero que reporta beneficios a la economía del sector primario, al desarrollo rural, al medio ambiente y a la riqueza cultural.

En este sentido, el Ejecutivo ha establecido una ayuda máxima de 100.000 euros por beneficiario y de 1.500 euros por cada hembra reproductora mayor de 18 meses que se encuentre registrada en el Registro de Identificación Individual (RII).
Solo podrán ser objeto de esta ayuda, como máximo, el 35% del total de ejemplares de estas características que posea cada explotación ubicada en la Comunidad de Madrid e incluida en el Registro de Explotaciones Ganaderas (REGA)

Además, el acuerdo establece que los ganaderos de toro de lidia de la región receptores de la ayuda están obligados a mantener en sus explotaciones a los animales por los que reciben la ayuda hasta, al menos, el 20 de junio de 2021, así como a documentar la pérdida de ingresos sufrida en 2020. Dicha pérdida se determinará partiendo de los ingresos obtenidos por el beneficiario entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2019 por la venta de ganado de lidia, que se compararán con los obtenidos por esta misma actividad entre el 1 de enero y el 30 de septiembre de 2020 y la estimación correspondiente al tercer trimestre del año.

Alejandro Mangas Díaz

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