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Ya se puede pedir el voto por correo

  • Es posible hacerlo con DNI Electrónico o un certificado digital válido

¿Quién puede utilizar la aplicación para la presentación de la solicitud electrónica de voto por correo?

Los electores residentes en España. Una vez presentada la solicitud vía web, si es aceptada por la Oficina del Censo Electoral, no podrá votar en la mesa electoral el día de la votación.
Los electores residentes en el extranjero que se encuentren temporalmente en España, con derecho de voto en las elecciones convocadas.
No puede ser solicitados por los electores residentes en España que se encuentren temporalmente en el extranjero, ni por los electores residentes en el extranjero que lo soliciten desde su país de residencia.

¿Cómo puedes solicitar online el voto por correo?

Es necesario disponer de un certificado DNI Electrónico o un certificado digital válido. Debes completar los datos requeridos. Firmar electrónicamente.
La Oficina del Censo Electoral debe aprobar la solicitud, para que te remita, a la dirección que has indicado en tu solicitud, la documentación para realizar el voto.

Plazo de presentación de la solicitud

Se puede solicitar a partir de la fecha de la convocatoria y hasta el día 24 de abril de 2021. Posteriormente, podrás ejercer el derecho al voto desde el propio domicilio entregándole al cartero el sobre con el voto el día que vaya a llevarte la documentación.

Alejandro Mangas Díaz

Encargado de reportajes, programas y noticias

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