El BOE publica una Orden que permite los desplazamientos para el cuidado de producciones agrícolas de autoconsumo
- El BOE publica hoy una Orden que permite el desplazamiento para el cuidado y recolección de producciones agrícolas destinadas al autoconsumo
- Dicho desplazamiento queda autorizado, siempre que se hallen en el mismo término municipal al del domicilio, o uno adyacente al mismo
No obstante, se establecen excepciones en situaciones de necesidad como son la alimentación de animales o la recolección en aquellos casos en los que, en atención a la situación socioeconómica del interesado, el consumo del producto de los mismos resulte imprescindible para atender a su subsistencia.
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La Orden indica que los desplazamientos serán, en cualquier caso, los mínimos posibles para la realización de las tareas indispensables y el acopio de lo necesario, salvo causa debidamente justificada. Además, recuerda que estas actividades deberán realizarse teniendo en cuenta las normas establecidas que garantizan la protección de la salud y seguridad de los ciudadanos.
El desarrollo de los trabajos a los que se refiere esta Orden se realizarán de forma individual salvo que se acompañe a personas con discapacidad, menores, mayores, o por otra causa justificada, y por el tiempo indispensable.
![1/05/2020. Cuidado huerto 1/05/2020. Cuidado huerto](https://www.lamoncloa.gob.es/serviciosdeprensa/notasprensa/sanidad14/PublishingImages/Recursos/010520cuidadohuerto.jpg?RenditionID=32)
La Orden se refiere a las actividades que no son de naturaleza laboral, profesional o empresarial, que ya estaban permitidas en el Decreto del Estado de Alarma.
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